PLAN CONTRA EL FRAUDE EN LA CONTRATACION TEMPORAL
La inspección de trabajo, en 2014, implementó un Plan Específico para el control de la contratación temporal en fraude de ley y su transformación en indefinidos. Este control lo justifica que 4.500.000 de trabajadores en España tiene un contrato temporal.
La actuación consiste en proponer a las empresas a que voluntariamente transformen en indefinidos los contratos temporales no ajustados a la ley, sin necesidad de imponer sanciones. Estos años se ha comprobado que esta actuación está siendo positiva para la mejora en la calidad y estabilidad del empleo.
Dado que este Plan sigue vigente cabe recordar que la contratación temporal debe utilizarse exclusivamente cuando concurran las causas de temporalidad y con el límite de duración admitidos por el E.T. o Convenio colectivo de aplicación.
Estos serían los supuestos de contratación temporal:
- Por la causa objeto de la contratación:
- Por obra o servicio determinado
- Eventual por circunstancias de la producción
- Interinidad
- Formativos:
- Prácticas
- Formación y Aprendizaje
- De fomento de empleo:
- Fomento de empleo de personas con diversidad funcional
- Contrato de relevo y de jubilación parcial
- Personas en riesgo de exclusión social
Consultoría Empresarial Espinosa está a su disposición para ayudarle a elegir el contrato adecuado a sus necesidades.
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