Fomento del empleo para emprendedores, según orden 45/2014, de 30 de diciembre
(PLAZO: hasta el 30 de mayo de 2015)
Esta orden tiene por objeto el establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la creación y consolidación del empleo por cuenta propia en el ámbito de la Comunitat Valenciana. A este respecto esta orden regula los siguientes programas de ayudas:
1. POR EL ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA
Dirigido a personas desempleadas e inscritas en la Oficina de Empleo, que se constituyan como trabajadores Autónomos en Establecimientos domiciliados en la Comunidad Valenciana
Con exclusión de:
- Socios de sociedades mercantiles, civiles, laborales, de Comunidades de Bienes y de Cooperativas.
- Autónomos colaboradores.
CUANTIA DE LAS AYUDAS.-
Desempleados | 2.500,00 euros |
Desempleados menores de 30 años | 3.000,00 euros |
Desempleados mayores de 45 años | 3.000,00 euros |
Mujeres Desempleadas (víctimas de violencia de género) | 4.500,00 euros |
Desempleados con Discapacidad (mínimo 33%) | 4.000,00 euros |
* Si el autónomo es mujer, se incrementarán las ayudas en 500,00 euros
CONDICIONES.-
- Iniciar la actividad a partir del 19 de febrero de 2015.
- No haber estado dado de alta como Autónomo en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.
- No haber solicitado subvenciones por el mismo concepto en los últimos 3 años.
OBLIGACIONES.-
- Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de 12 meses.
2. AYUDAS POR LA PRIMERA CONTRATACIÓN DEL AUTÓNOMO
Con exclusión de: Trabajadores con relación de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS.-
Contrato Indefinido a jornada completa*Si es mujer | 5.400,00 euros6.000,00 euros |
Contrato temporal a jornada completa (6 meses)*Si es mujer | 3.100,00 euros3.600,00 euros |
Contrato temporal a jornada completa (3 meses)*Si es mujer | 1.500,00 euros2.000,00 euros |
Contrato a tiempo parcial (20 horas semanales) | Proporcional a la jornada |
CONDICIONES.-
- Contratación del PRIMER trabajador desempleado e inscrito, a partir del 19/02/2015, que tenga:
- Menos de 30 años ó
- Más de 45 años, ó
- Desempleado inscrito durante un mínimo de 365 días previos a la contratación.
OBLIGACIONES.-
- Contratos indefinidos: Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de 12 meses.
- Contratos temporales: 3 o 6 meses, Mantener el tiempo que se hubiera subvencionado.
Un saludo de Espinosa Consultor
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!