Novedades en materia laboral para el 2014 - Consultoría Elche

Novedades en materia laboral para el 2014

REAL DECRETO 16/2013, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACION ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES

 

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

  • Supresión de las Horas Extraordinarias
  • Obligación de registrar diariamente la jornada, ordinaria y complementaria, además de su totalización mensual, debiendo conservar el empresario estos registros durante un periodo mínimo de cuatro años. El incumplimiento de este registro presume que el contrato se ha celebrado a jornada completa.
  • Horas Complementarias:
  • Para contratos que la jornada semanal alcance un mínimo de 10  horas.
  • Las horas complementarias que se puedan pactar podrá ser del 30% de la jornada ordinaria del contrato. Además se podrán ofrecer horas complementarias  voluntarias, hasta el 15 % de las horas ordinarias del contrato.
    • Contrato Parcial Indefinido: Horas complementarias, hasta el 45%.
    • Contrato Parcial Temporal: Horas complementarias hasta el 30%.
  • Reducción en 1 punto de cotizaciones por desempleo en contratos temporales a tiempo parcial, que pasará a ser del 6,70 %.

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES

  • Se podrán celebrar a jornada parcial.
  • Los incentivos fiscales y las bonificaciones se disfrutarán de modo proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato.

PERIODO DE PRUEBA

  • Contratos temporales que no superen los seis meses de duración: Periodo de prueba de UN MES.
  • Interrupción del periodo de prueba: Incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento. Y ahora se añaden, el riesgo durante el embarazo y la lactancia, así como la paternidad

DISTRIBUCION IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO

  • Compensación según el Convenio Colectivo,  por exceso o por defecto, entre la jornada ordinaria y la efectivamente realizada.
  • En el supuesto de desacuerdo, se podrán compensar las diferencias de jornadas, en el plazo de doce meses desde que se produzcan.

REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE HIJOS

  • Se amplía la edad del menor cuya guarda legal da derecho a esta reducción, que pasa de losn 8 a los 12.

BASE DE COTIZACION DEL REGIMEN GENERAL

  • Se deben incluir en la base de cotización:
  • Desplazamiento del trabajador de su domicilio al centro de trabajo: Dietas, asignaciones para gastos de viaje, pluses de transporte y distancia.
  • Mejoras de Seguridad Social, salvo las de Incapacidad Temporal.
  • Obligación de los empresarios de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos abonados a sus trabajadores.

LEY 22/2013, LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.

  • Las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas se incrementan en un 0,25%.
  • Se suprime el abono por el Fondo de Garantía Salarial de los 8 días de salario por año de servicio prevista hasta ahora en extinciones (procedentes) por causas objetivas de contratos indefinidos celebrados por empresas de menos de veinticinco trabajadores.
  • Se fija el IPREM en 532,51 euros mensuales.

 

R.D. 1046/2013, por el que se fija el SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2014.

  • Se mantienen los vigentes para el año 2013: 21,51 euros diarios, 645,30 euros mensuales y 9.034,20 euros anuales.
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