PREVENCION RIESGOS LABORALES
A priori podemos pensar que nuestra actividad empresarial no es peligrosa y que los trabajos que realizamos nunca desembocarán en un accidente laboral, pero nada más lejos de la realidad.
Todas las empresas tienen la obligación de velar por la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Para ello, la Ley impone al empresario una serie de obligaciones y responsabilidades que garantizarán la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Entre las principales obligaciones en prevención de riesgos laborales se encuentran:
- Evaluar los riesgos y planificar la prevención.
- Formar e informar a los trabajadores.
- Vigilar la salud de los trabajadores.
- Adoptar medidas en caso de urgencia.
- Proteger a los colectivos de riesgos.
- Etc …
El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, civiles y penales por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento.
Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se categorizan en leves, graves y muy graves y las cuantías de las sanciones por incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales:
LEVES Multas de 40 a 2.045 €
GRAVES Multas de 2.046 a 40.985 €
MUY GRAVES Multas de 40.986 a 819.780 €
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!