2016 archivos - Consultoría Elche

Listado de la etiqueta: 2016

PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE 2016

A continuación les detallamos el plan de control tributario y aduanero previsto para el ejercicio 2016.

Los tres pilares que rigen el plan de control de 2016 son:

  • Control e investigación del fraude tributario y aduanero.
  • Control del fraude en fase recaudatoria.
  • Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Comunidades Autónomas.

La novedad más destacable es la nueva regulación normativa que posibilita la práctica de liquidaciones tributarias en los supuestos en los que se hubiera iniciado la tramitación de un procedimiento penal por delito contra la Hacienda Pública o por delito de contrabando, y se complementa además con la no paralización de las actuaciones administrativas dirigidas al cobro de la deuda tributaria y aduanera liquidada.

Las actividades profesionales continuarán siendo objeto de especial seguimiento en el control de gastos declarados, obtención de información sobre prestación de servicios personales de alto valor, y la utilización improcedente de personas jurídicas que canalicen rentas de personas físicas, con el fin de reducir la tributación.

 

Las actuaciones serán principalmente:

Economía sumergida:

  • Especialmente en sectores económicos que son intensivos en el manejo de dinero efectivo, bien porque venden a consumidores finales o porque forman parte de cadenas de distribución al por mayor para otros obligados que vendan al público.
  • Comprobación de la facturación a través de tarjetas de crédito o situaciones patrimoniales inconsistentes con el contenido de las declaraciones tributarias
  • Cruzarán información obtenida por la transmisión de bienes inmuebles, para contrastar su consistencia con las declaraciones presentadas.

 

Presencialmente:

  • Potenciarán las actuaciones dirigidas al análisis de facturación y a los medios de pago, así como al uso de software de ocultación de ventas con el apoyo presencial de especialistas en materia de auditoría informática.
  • Actuaciones coordinadas con la Inspección de Trabajo, para detectar situaciones de riesgo fiscal o laboral en los obligados tributarios o trabajadores.
  • Comprobarán presencialmente la situación censal de obligados tributarios de los que existan indicios de deslocalización o simulación de actividad.
  • Actuaciones sobre los particulares que ceden de forma opaca total o parcialmente viviendas por internet u otras vías, o incluso personándose en las mismas.
  • Verificación del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo.

 

Importación de bienes:

  • Análisis de los márgenes reales de la actividad en el marco del sistema de declaración de IVA a la importación en los sectores en los que concurran indicios, tanto en la importación, como en alguna de las partes de la transmisión comercial desde la importación hasta la venta al consumidor final.

 

Investigación de patrimonios y de rentas en el exterior:

  • A través del modelo 720, informativo de la tenencia de bienes y derechos en el extranjero, así como de nuevas herramientas e intercambio de información con otros países, así como los indicios que pongan de manifiesto la falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos, con el resto de información disponible relativa a su situación tributaria o patrimonial.
  • En colaboración con otros países, y a través de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional, se controlarán las operaciones realizadas por contribuyentes con residencia fiscal en España, operaciones con territorios de fiscalidad ventajosa, pagos al exterior de especial relevancia, detección de establecimientos permanentes en España para aquellos contribuyentes que tributan como no residentes, etc..

 

Economía Digital:

  • Se desarrollarán protocolos de actuación sobre empresas que realizan comercio electrónico, sobre las que alojan sus datos en la nube y sobre aquellas que desarrollen sus negocios a través de la red, fabricantes o comercializadores.

 

Fraude organizado en IVA:

  • Serán objeto de especial seguimiento, el registro de operadores intracomunitarios, aquellas operaciones directamente vinculadas a la entrega subsiguiente a la importación, control de depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros, adquisiciones masivas y por precio simbólico de sociedades en las que recaen importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables, con el fin de facilitar la elusión de las responsabilidades fiscales.
  • Control de grandes empresas.
  • Contribuyentes en estimación objetiva, para la detección de emisores de facturas irregulares, y las divisiones artificiales de actividades para mantener estos regímenes.
  • Control de fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
  • Control de la procedencia de créditos fiscales a aplicar y bases imponibles negativas o deducciones pendientes de aplicación.
  • Intensificación de las actuaciones de comprobación efectuadas sobre las solicitudes de devolución de IVA soportado, por no establecidos.
  • Control de tributación de las subvenciones recibidas.
  • Control de impuestos medioambientales e Impuestos Especiales.
  • Control del movimiento de efectivo por viajeros para detectar cantidades no declaradas.
  • Control de los recintos aduaneros, así como de los envíos postales o por mensajería, así como el origen, clasificación arancelaria y valor en aduanas.

 

 

CONTROL DEL FRAUDE EN LA FASE RECAUDATORIA

  • Impulso de las derivaciones de responsabilidad en todos los supuestos de la Ley General Tributaria, intensificando el impulso de actuaciones judiciales civiles o penales para evitar el vaciamiento patrimonial.
  • Mejoras en los tiempos de gestión de las deudas, impidiendo dilaciones innecesarias del procedimiento, agilizando las subastas pendientes y la gestión de las deudas afectadas por procesos concursales, y potenciando cuando sea posible, la viabilidad de las empresas utilizando todas las vías legalmente previstas, permitiendo a la Agencia Tributaria recuperar el máximo crédito impagado.
  • Se realizará el seguimiento de forma diferenciada de las medidas cautelares sobre los bienes y derechos del obligado tributario, con el fin de asegurar unos ingresos que en otro caso se verían gravemente dificultados.
  • Control del carácter excepcional de la figura del aplazamiento o fraccionamiento de deudas para asegurar su correcto uso, y garantizar la ejecución de las garantías aportadas.
  • Potenciación de la remisión de información por parte de las Comunidades Autónomas sobre las operaciones de disolución de sociedades, reducciones de capital con atribución de bienes a los socios, prestamos entre particulares, aportaciones de activos a sociedades, y en general declaraciones tributarias correspondientes a tributos cedidos.

Campañas de Inspección de Trabajo para 2016

Según la charla impartida por el Jefe de la Inspección de Trabajo de Alicante la pasada semana, a continuación le detallamos algunas campañas de Inspección de Trabajo que están previstas para este año 2016:

DENUNCIAS: Se contestan aquellas denuncias en las que el interesado tenga un interés legítimo.

CONTRATACION A JORNADA PARCIAL

  • Registro de jornadas:
    • REGISTRO DIARIO
      • Hay que desglosar en el Registro diario las horas ordinarias y las complementarias.
      • Hay que indicar el horario concreto que realizan los trabajadores a tiempo parcial.
      • El Registro Diario hay que mantenerlo únicamente durante el mes en curso, y a disposición de la Inspección si se presentara.
    • REGISTRO MENSUAL
      • Se entrega simultáneamente con la nómina mensual.
      • Puede estar el desglose en la nómina o en documento separado.
      • El Registro de Totalización Mensual, hay que mantenerlo durante 4 años.
      • No hay obligación de que estén firmados por las partes.

CONTRATACION TEMPORAL

  • Comprobarán las empresas que tengan un porcentaje alto de contratos temporales, tanto los que se encuentren en Fraude de ley, como los que hayan superado la duración máxima de 24 meses en períodos de 30 meses.

EMPLEO FIJO EN LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN

  • Comprobarán que se cumple el requisito del 30 por 100 de la plantilla indefinida en las empresas, según la Ley de Subcontratación.

CONTRATOS PARA LA FORMACION

  • Controlarán la proporcionalidad de su uso y comprobarán aquellas empresas en las que se utilice este contrato en un porcentaje elevado.
  • Este contrato no permite realizar trabajos a turnos nocturnos ni la realización de horas extraordinarias.
  • Comprobarán las horas de prestación de servicios y sobre todo, la Formación recibida, así como la Autorización del SEPE previa a la contratación.

SEGURIDAD SOCIAL – LIQUIDACIÓN DIRECTA

  • Se comprobarán aquellos trabajadores con ocupación tipo “a” y que deban estar incluidos en el CNAE (código nacional de actividades económicas) de cada empresa; en especial, los trabajos de oficina y los conductores de camiones de más de 3500 Kg.
  • Se sancionarán las altas y bajas de los trabajadores/autónomos presentadas fuera de plazo.
  • Se comprobarán los conceptos cotizables y aquellos exentos como dietas, kilometraje, etc….
  • Se comprobarán que las Jornadas Reales (del Régimen Agrario) se presenten antes del día 6 de cada mes.

CONTROL DE LAS ALTAS DE AUTONOMOS

  • Que estén declarando importes derivados de actividades económicas que superen el Salario Mínimo Interprofesional y que no se encuentren en alta en la seguridad social ni en la mutualidad.

FORMACION CONTINUA – TRIPARTITA

  • Se comprobará especialmente que se cumplen con los requisitos para la formación realizada con cargo a los créditos para la formación continua, debido al alto porcentaje de Fraude que se está dando en este sector.

PRESTACIONES DE DESEMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

  • Se comprobarán aquellas prestaciones que sean susceptibles de ser declaradas devengadas en Fraude de ley, por la posible CONNIVENCIA entre empresa y trabajador.

COOPERATIVAS

  • Otra de las acciones de la Inspección de Trabajo, será la de controlar aquellos Cooperativistas que no cumplen con el objeto de las Cooperativas y las que utilizan únicamente como medio de facturación.

EMPRESAS MULTISERVICIOS

  • Otra campaña estará relacionada en comprobar si los servicios que se externalizan con empresas multiservicios, no esté incursa en la Cesión Ilegal de Trabajadores.

Si necesitan alguna aclaración no duden en ponerse en contacto con nosotros. Esperamos les haya sido de utilidad esta información y aprovechamos la ocasión para saludarle de parte de todo el Equipo de Espinosa Consultora.

Tipos de retención aplicables en 2016

Recordatorio importante:

Con fecha 11 de Julio se publicó Real Decreto (RDL 9/2015) por el que se modificaron las retenciones aplicables a partir del 12 de julio de 2.015 vigentes hasta el 31 de diciembre, y se establecieron los tipos de retención aplicables a partir de 2016. Por lo tanto, tengan en cuenta estos nuevos tipos de retención que vuelven a cambiar. Os los indicamos a continuación:

Aplicable desde 12/07/2015 Aplicable en 2016
Rendimientos del trabajo Será variable según procedimiento general
Retribuciones de administradores (cifra negocios >100.000€) 37 35
Retribuciones de administradores (cifra negocios <100.000€) 19,5 19
Cursos, conferencias, seminario 15 15
Atrasos rendimientos del trabajo 15 15
Actividades profesionales 15 15
Profesionales de nuevo inicio (año de inicio y dos siguientes) 7 7
Actividades profesionales con rendimientos ejercicio anterior <15.000€ Suprimido Suprimido
Ganancias patrimoniales 19,5 19
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos 19,5 19