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NUEVAS PRESTACIONES DE CESE DE ACTIVIDAD REAL DECRETO LEY 2/2021

Adjuntamos un pdf resumen con las nuevas prestaciones por cese de actividad establecidas por el Real Decreto-Ley 2/2021 de 26 de enero.


cuadro resumen

 

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR SUSPENSIÓN O CIERRE

Ayudas paras las actividades que hayan supuesto la suspensión o cierre:

a) Actividad de Hostelería y Restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento.
b) Establecimientos dedicados a actividades recreativas y azar (bingos, recreativos y similares).
c) Actividades en instalaciones y centros deportivos (clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares).

Requisitos para solicitarla:

– Estar afiliados y en alta en Autónomo, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde el cese de actividad.
– Estar al corriente de los pagos y obligaciones de la Seguridad Social.

Duración:

– Desde el día siguiente en el que la autoridad competente adopte la medida de cierre de la actividad, hasta el último día del mes en el que finalice la medida.

Cuantía:

– 50% de la base mínima de cotización (70% si es parte de familia numerosa y su actividad suspendida constituía la única fuente de ingresos).
– 40% cuando convivan personas unidas por vínculo familiar hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación
extraordinaria.

Consideraciones:

– Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida, se mantendrá el alta en el régimen especial correspondiente.
– Durante el periodo en el que se perciba la prestación, el autónomo no estará obligado a cotizar. La mutua asumirá las cotizaciones que correspondan y se entenderá como tiempo cotizado.
– El reconocimiento será provisional y estará supeditado a su revisión.

Incompatibilidades

– Con prestaciones de incapacidad temporal, maternidad/paternidad (total).
– Con el trabajo por cuenta ajena, si los ingresos son superiores al 1,25xSMI (sin incluir pagas extras).
– Con el desempeño de otra actividad por cuenta propia.
– Con la percepción de rendimientos procedentes de la sociedad cuya actividad se haya visto afectada por el cierre.

Fecha para la presentación:
– Disponemos hasta el 4 de febrero de 2021 para la presentación de la ayuda.

AYUDAS «PLAN RESISTIR» DE LA GVA

El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado que la línea de ayudas Paréntesis, destinada a autónomos y microempresas de los sectores más afectados por las restricciones necesarias para hacer frente a la pandemia de COVID-19, estará dotada con 160 millones de euros.

Su gestión se realizará a través de los ayuntamientos, que tendrán un plazo de 15 días, desde la publicación del decreto Ley, para presentar su solicitud de participación, lo cual «activará el despliegue de las ayudas», ha manifestado Puig.

Les adjuntamos el cuadro resumen de dicho Plan de Ayudas Resistir:


cuadro resumen

SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Ayudas a la contratación indefinida de colectivos vulnerables

 

Beneficiarios

Empresas privadas, incluidos los trabajadores autónomos.

 

Plazo

Hasta el 31 de julio de 2021.

 

Cuantía de la subvención

23.940€ por contratación.

25.270€ si es mujer.

 

Perfiles subvencionables

  • Personas desempleadas de larga duración (más de 1 año).
  • Personas de 50 años en adelante.
  • Personas con diversidad funcional.

A tener en cuenta

  • El contrato debe ser indefinido a jornada completa.

El contrato y el nivel de plantilla debe mantenerse al menos durante 24 meses.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad.

Muchas gracias.