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VALOR DE ADQUISICIÓN DE LOS ACTIVOS

Cuando adquiera algún activo no lo contabilice únicamente por el precio del mismo. Si soporta otros gastos relacionados con dicha compra, estos serán mayor valor de adquisición.

Valor de adquisición

Costes adicionales. Si adquiere algún activo (maquinaria, local, vehículo, etc.), deberá contabilizarlo por el importe facturado por el vendedor (descontando las rebajas y descuentos), más todos los costes adicionales que soporte hasta que esté en condiciones de funcionamiento.

Por lo que no procede imputar dichas facturas como gasto del ejercicio en el que los soporte. De realizarlo declararía un menor beneficio y reduciría su tributación por Impuesto sobre Sociedades, lo que en una comprobación será susceptible de regularización.

Dichas facturas formarán parte del valor de adquisición del activo, debiendo deducirse vía amortización, durante la vida útil del bien.  También debe tener en cuenta en pyme los incentivos que le permita acelerar la amortización.

Componentes del precio de adquisición, gastos activables

 

Gastos accesorios. En primer lugar, deberá activar (y deducirse a través de la amortización anual) Todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzca hasta su puesta en condiciones de funcionamiento, incluidos los relativos a la ubicación del activo en su lugar. Por ejemplo; explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, montaje y similares).

Desmantelamiento. La estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas por la empresa por desmantelamiento o retiro del activo así como la rehabilitación del emplazamiento. Se trata de contabilizar un pasivo asociado. Para estimar dicho valor actual puede solicitar un presupuesto del coste que le supondría ahora el desmantelamiento.

Gastos financieros. Los gastos financieros girados por el proveedor o que correspondan a prestamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, que sea directamente atribuible a la adquisición de un activo que necesite un periodo superior a un año.

Gastos de pruebas de funcionamiento. Los gastos en que se incurra con ocasión de las pruebas que se realicen para conseguir que el activo se encuentre en condiciones de funcionamiento y pueda participar de forma plena en el proceso productivo.

IVA soportado. En general, no deberá activar el IVA que soporte por la compra, ya que podrá deducirlo en sus declaraciones periódicas. A no ser que realice una actividad que no le da derecho a deducirse dicho impuesto (o si está en prorrata y sólo puede deducirse un determinado porcentaje del IVA soportado), en ese caso deberá imputar el IVA como mayor valor de adquisición.