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PETICIÓN DE VACACIONES EN UN PROCESO INSPECTOR

Si la Agencia Tributaria le ha notificado el inicio de una inspección, ésta debe llevarse a cabo en un plazo de 18 meses con carácter general o en 27 meses si se está en régimen de consolidación fiscal o la cifra de negocios supera los 5.700.000 euros.

Si desea evitar que la inspección realice actuaciones y comunicaciones durante las vacaciones u otro periodo en el cual va a estar ausente, puede solicitar la suspensión del procedimiento durante un máximo de 60 días lo que conllevará la ampliación del plazo de inspección en el mismo número de días. Esta suspensión conllevará la ampliación del plazo de inspección en el mismo número de días que se solicite la suspensión.

Los 60 días de suspensión se pueden solicitar en uno o varios períodos sobre los cuales la Inspección no podrá realizar actuaciones y quedará suspendido el plazo para atender requerimientos. No tienen porqué ser consecutivos, dichos 60 días se pueden solicitar durante toda la duración del procedimiento inspector.

Los requisitos para solicitar los períodos de suspensión son los siguientes:

– Realizar la solicitud con al menos siete días naturales de antelación a la fecha en que desee que empiece el período de cortesía solicitado.

– El periodo solicitado debe ser de al menos siete días naturales continuados, pudiendo solicitarse varios periodos de esa duración seguidos o no.

– En la solicitud se debe justificar el motivo por el que se piden los días, vacaciones, enfermedad u otra motivación

Admisión de la petición. Si el inspector no dice nada antes de que se inicie el período solicitado, se entiende que la solicitud ha sido admitida, pero si considera que los plazos solicitados perjudican al procedimiento de inspección, puede denegar la solicitud o bien modificar el plazo. Dicha denegación no puede recurrirse o reclamarse, por lo que resultará conveniente negociar por adelantado las fechas con el inspector.

Campañas de Inspección de Trabajo para 2016

Según la charla impartida por el Jefe de la Inspección de Trabajo de Alicante la pasada semana, a continuación le detallamos algunas campañas de Inspección de Trabajo que están previstas para este año 2016:

DENUNCIAS: Se contestan aquellas denuncias en las que el interesado tenga un interés legítimo.

CONTRATACION A JORNADA PARCIAL

  • Registro de jornadas:
    • REGISTRO DIARIO
      • Hay que desglosar en el Registro diario las horas ordinarias y las complementarias.
      • Hay que indicar el horario concreto que realizan los trabajadores a tiempo parcial.
      • El Registro Diario hay que mantenerlo únicamente durante el mes en curso, y a disposición de la Inspección si se presentara.
    • REGISTRO MENSUAL
      • Se entrega simultáneamente con la nómina mensual.
      • Puede estar el desglose en la nómina o en documento separado.
      • El Registro de Totalización Mensual, hay que mantenerlo durante 4 años.
      • No hay obligación de que estén firmados por las partes.

CONTRATACION TEMPORAL

  • Comprobarán las empresas que tengan un porcentaje alto de contratos temporales, tanto los que se encuentren en Fraude de ley, como los que hayan superado la duración máxima de 24 meses en períodos de 30 meses.

EMPLEO FIJO EN LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN

  • Comprobarán que se cumple el requisito del 30 por 100 de la plantilla indefinida en las empresas, según la Ley de Subcontratación.

CONTRATOS PARA LA FORMACION

  • Controlarán la proporcionalidad de su uso y comprobarán aquellas empresas en las que se utilice este contrato en un porcentaje elevado.
  • Este contrato no permite realizar trabajos a turnos nocturnos ni la realización de horas extraordinarias.
  • Comprobarán las horas de prestación de servicios y sobre todo, la Formación recibida, así como la Autorización del SEPE previa a la contratación.

SEGURIDAD SOCIAL – LIQUIDACIÓN DIRECTA

  • Se comprobarán aquellos trabajadores con ocupación tipo “a” y que deban estar incluidos en el CNAE (código nacional de actividades económicas) de cada empresa; en especial, los trabajos de oficina y los conductores de camiones de más de 3500 Kg.
  • Se sancionarán las altas y bajas de los trabajadores/autónomos presentadas fuera de plazo.
  • Se comprobarán los conceptos cotizables y aquellos exentos como dietas, kilometraje, etc….
  • Se comprobarán que las Jornadas Reales (del Régimen Agrario) se presenten antes del día 6 de cada mes.

CONTROL DE LAS ALTAS DE AUTONOMOS

  • Que estén declarando importes derivados de actividades económicas que superen el Salario Mínimo Interprofesional y que no se encuentren en alta en la seguridad social ni en la mutualidad.

FORMACION CONTINUA – TRIPARTITA

  • Se comprobará especialmente que se cumplen con los requisitos para la formación realizada con cargo a los créditos para la formación continua, debido al alto porcentaje de Fraude que se está dando en este sector.

PRESTACIONES DE DESEMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

  • Se comprobarán aquellas prestaciones que sean susceptibles de ser declaradas devengadas en Fraude de ley, por la posible CONNIVENCIA entre empresa y trabajador.

COOPERATIVAS

  • Otra de las acciones de la Inspección de Trabajo, será la de controlar aquellos Cooperativistas que no cumplen con el objeto de las Cooperativas y las que utilizan únicamente como medio de facturación.

EMPRESAS MULTISERVICIOS

  • Otra campaña estará relacionada en comprobar si los servicios que se externalizan con empresas multiservicios, no esté incursa en la Cesión Ilegal de Trabajadores.

Si necesitan alguna aclaración no duden en ponerse en contacto con nosotros. Esperamos les haya sido de utilidad esta información y aprovechamos la ocasión para saludarle de parte de todo el Equipo de Espinosa Consultora.

Campañas de Inspecciones de Trabajo de 2015

Según la charla impartida por el Jefe de la Inspección de Trabajo, a continuación le detallamos las campañas de Inspección de Trabajo que están abiertas durante este año 2015:

DENUNCIAS: Atienden un 20 por 100 de las denuncias aproximadamente.

ACTIVIDAD DE HOSTELERIA

  • Seguirán comprobando los eventos de BODAS, BAUTIZOS, COMUNIONES, ETC, en los que trabajen extras, camareros, etc…

CONTRATACION A JORNADA PARCIAL

  • Registro de jornadas:
    • REGISTRO DIARIO
      • Hay que desglosar en el Registro diario las horas ordinarias y las complementarias.
      • Hay que indicar el horario concreto que realizan los trabajadores a tiempo parcial.
      • El Registro Diario hay que mantenerlo únicamente durante el mes en curso.
    • REGISTRO MENSUAL
      • Se entrega simultáneamente con la nómina mensual.
      • Puede estar el desglose en la nómina o en documento separado.
      • El Registro Mensual, hay que mantenerlo durante 4 años.
      • No hay obligación de que estén firmados por las partes.

CONTRATACION TEMPORAL

  • Comprobarán las empresas que tengan un porcentaje alto de contratos temporales, tanto los que se encuentren en Fraude de ley, como los que hayan superado la duración máxima de 24 meses en períodos de 30 meses.

EMPLEO FIJO EN LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN

  • Comprobarán que se cumple el requisito del 30 por 100 de la plantilla indefinida en las empresas, según la Ley de Subcontratación.

CONTRATOS PARA LA FORMACION

  • Controlarán la proporcionalidad de su uso. Comprobarán aquellas empresas en las que se utilice este contrato en un porcentaje elevado.
  • Este contrato no permite realizar trabajos a turnos nocturnos ni la realización de horas extraordinarias.
  • Comprobarán las horas de prestación de servicios.

CONTRATOS DE RELEVO.

  • Aunque no hay campaña prevista, el INSS solicita informes a la Inspección de Trabajo para controlar este tipo de contrato.

SEGURIDAD SOCIAL

  • Se comprobarán los conceptos cotizables y aquellos exentos como dietas, kilometraje, etc….

CONTROL DE LAS ALTAS Y LAS BAJAS PRESENTADAS FUERA DE PLAZO

CONTROL DE LAS ALTAS DE AUTONOMOS

  • Que estén declarando importes derivados de actividades económicas y que no se encuentren en alta en la seguridad social ni en la mutualidad.

COMPROBACION DE LOS EPIGRAFES DE ACCIDENTES DE TRABAJO

  • La aplicación de la ocupación administrativa cuyas gestiones se realizan en la oficina, en lugar del epígrafe correspondiente al CNAE en el que se encuentre dado de alta la actividad de la empresa.

TARIFA PLANA

  • No hay campaña abierta, aunque la comprobación del mantenimiento de empleo  la realizará la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitará los Informes correspondientes a la Inspección de Trabajo.

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

  • Comprobarán la maquinaria del Sector Agrario, como los tractores, etc… debido a la alta siniestralidad en este sector.
  • También comprobarán los RIESGOS PARA EL MUSCULOESQUELETICO.

Si necesitan alguna aclaración no duden en ponerse en contacto con nosotros o dejar un comentario. Esperamos les haya sido de utilidad esta información y aprovechamos la ocasión para saludarle de parte de todo el Equipo de Espinosa Consultora.