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Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF 2018

Cuadro resumen de las retenciones aplicables en IRPF 2018. Se incluye el modelo resumen anual donde deben ser declaradas estas retenciones, con indicación de la clave de declaración correspondiente y acceso al servicio de cálculo on line de retenciones de la Agencia Tributaria.

Tipos de retención aplicables en 2016

Recordatorio importante:

Con fecha 11 de Julio se publicó Real Decreto (RDL 9/2015) por el que se modificaron las retenciones aplicables a partir del 12 de julio de 2.015 vigentes hasta el 31 de diciembre, y se establecieron los tipos de retención aplicables a partir de 2016. Por lo tanto, tengan en cuenta estos nuevos tipos de retención que vuelven a cambiar. Os los indicamos a continuación:

Aplicable desde 12/07/2015 Aplicable en 2016
Rendimientos del trabajo Será variable según procedimiento general
Retribuciones de administradores (cifra negocios >100.000€) 37 35
Retribuciones de administradores (cifra negocios <100.000€) 19,5 19
Cursos, conferencias, seminario 15 15
Atrasos rendimientos del trabajo 15 15
Actividades profesionales 15 15
Profesionales de nuevo inicio (año de inicio y dos siguientes) 7 7
Actividades profesionales con rendimientos ejercicio anterior <15.000€ Suprimido Suprimido
Ganancias patrimoniales 19,5 19
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos 19,5 19

Modificación las retenciones aplicables a partir del día 12 de julio de 2.015

RDL 9/2015, de 10 de Julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada y otras medidas de carácter económico.

Con fecha 11 de julio se ha publicado Real Decreto, por el que se modifican las retenciones aplicables a partir del día siguiente al de su publicación, es decir, con efectos 12 de julio de 2.015.

La implantación de estas medidas lleva consigo una rebaja en la escala del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, entre otras medidas, y el establecimiento de nuevos tipos de retención, donde los principales tipos de retención quedan establecidos según la siguiente tabla:

CUADRO RESUMEN DE RETENCIONES
APLICABLE HASTA 12/7/15 APLICABLE DESDE 12/7/15 APLICABLE   2016
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Será variable según procedimiento general
RETRIBUCIONES DE ADMINISTRADORES(CIFRA NEGOCIOS +100.000€) 37 37 35
RETRIBUCIONES DE ADMINISTRADORES(CIFRA NEGOCIOS -100.000€) 20 19,5 19
CURSOS, CONFERENCIAS, SEMINARIOS 19 15 15
ATRASOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO 15 15 15
ACTIVIDADES PROFESIONALES 19 15 15
PROFESIONALES DE NUEVO INICIO (AÑO DE INICIO Y DOS SIGUIENTES) 9 7 7
ACTIVIDADES PROFESIONALES CON RTOS. EJERCICIO ANTERIOR -15.000€ 15 SUPRIMIDO SUPRIMIDO
GANANCIAS PATRIMONIALES 20 19,5 19
ARRENDAMIENTO Y SUBARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES URBANOS 20 19,5 19
  • Para poder obtener el nuevo tipo de retención de los rendimientos de trabajo, se tiene en cuenta la nueva escala con las retribuciones obtenidas desde el 1 de enero de 2.015, pudiendo aplicarse la regularización de los mismos con efectos desde  julio, o 1 de agosto de 2.015, a opción del empresario.
  • Los porcentajes de retención o ingreso a cuenta restantes previstos, se calcularán teniendo en cuenta cuando nace la obligación de retener, dado que los nuevos tipos se aplicarán, atendiendo a su naturaleza, con efectos a partir del 12 de julio.

Adjuntamos cuadro de retenciones más ampliado, que incluye todas las retenciones aplicables según la clase de renta de la que se trate, y dependiendo del momento del devengo de la misma.

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