Tipos de retención aplicables en 2016
Recordatorio importante:
Con fecha 11 de Julio se publicó Real Decreto (RDL 9/2015) por el que se modificaron las retenciones aplicables a partir del 12 de julio de 2.015 vigentes hasta el 31 de diciembre, y se establecieron los tipos de retención aplicables a partir de 2016. Por lo tanto, tengan en cuenta estos nuevos tipos de retención que vuelven a cambiar. Os los indicamos a continuación:
Aplicable desde 12/07/2015 | Aplicable en 2016 | |
Rendimientos del trabajo | Será variable según procedimiento general | |
Retribuciones de administradores (cifra negocios >100.000€) | 37 | 35 |
Retribuciones de administradores (cifra negocios <100.000€) | 19,5 | 19 |
Cursos, conferencias, seminario | 15 | 15 |
Atrasos rendimientos del trabajo | 15 | 15 |
Actividades profesionales | 15 | 15 |
Profesionales de nuevo inicio (año de inicio y dos siguientes) | 7 | 7 |
Actividades profesionales con rendimientos ejercicio anterior <15.000€ | Suprimido | Suprimido |
Ganancias patrimoniales | 19,5 | 19 |
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos | 19,5 | 19 |
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